Posicionamiento ante la propuesta de cancelación de la Norma Oficial de diabetes

Ciudad de México, a 07 de junio de 2023

 

Dr. Hugo López-Gatell Ramírez

Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud

Secretaría de Salud

P R E S E N T E

 

Estimado Doctor López-Gatell,

La diabetes en sus tipos 1, 2 y gestacional representa una de las principales causas de mortalidad y morbilidad en nuestro país. De hecho, de conformidad con el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, representa uno de los principales retos por su magnitud, mortalidad prematura, deterioro de la calidad de vida y costos de atención asociados a sus complicaciones.

El 10 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto por el que se adiciona un artículo 159 BIS a la Ley General de Salud, a fin de que las autoridades sanitarias y las instituciones públicas de salud diferencien el diagnóstico y la atención de los distintos tipos de diabetes. En este mismo sentido, el mencionado Decreto establece que la Norma Oficial Mexicana (NOM) de la materia deberá diferenciar y atender, al menos, cada uno de los tipos de diabetes a que se refiere el artículo, por lo que la existencia de la NOM en cuestión no es discrecional, sino que la ordena la propia Ley General de Salud.

Las organizaciones aquí representadas tenemos incertidumbre sobre la orientación del manejo de la diabetes en sus diferentes tipos, tras el anuncio de modificaciones al Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2023, conllevando la cancelación de diversas Normas, entre ellas, la NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la Diabetes Mellitus.

De conformidad con la Ley de Infraestructura de la Calidad, una Norma Oficial Mexicana es la regulación técnica de observancia obligatoria que fomenta la calidad y la protección de los objetivos legítimos de interés público, en este caso, la salud de los mexicanos, y para su cancelación siempre debe existir una justificación por parte de la autoridad.

Cada tipo de diabetes cuenta con una Guía de Práctica Clínica, cuyo objetivo es orientar la toma de decisiones clínicas, pero de ninguna manera puede sustituir lo establecido en una NOM. Asimismo, consideramos que podría ampliarse la brecha de calidad en la atención recibida en las instituciones del Sistema Nacional de Salud, ya que no habrá garantía de un tratamiento adecuado.

Por ello, solicitamos de manera respetuosa claridad sobre los mecanismos y tiempos de sustitución de las Normas que se pretenden cancelar.

Las organizaciones que suscribimos nos sumamos a las inquietudes de otros grupos de pacientes con distintos padecimientos como cáncer, sobrepeso y obesidad, hipertensión, entre otras; en el sentido de que no hay claridad en cuanto a la justificación por cancelar estas normas ni tampoco en cuanto al futuro de la regulación en estas materias para garantizar una atención oportuna y de calidad.

Estamos convencidos que el cumplimiento de un acceso efectivo y universal de los servicios de salud para todos los mexicanos requiere de un trabajo conjunto de todos los sectores y disciplinas.

Como organizaciones de la sociedad civil trabajamos en pro de las personas con diabetes y no estamos sujetos a ningún tipo de actividad partidista ni tenemos ningún tipo de interés comercial.

En espera de su amable respuesta, quedamos a sus órdenes.

 

A T E N T A M E N T E,